Fotografía y derecho de autor

¿Es fotógrafo profesional o amateur?

cómo proteger imágenesEn caso afirmativo le interesa saber que la Ley de Propiedad Intelectual le atribuye una serie de derechos de autor sobre sus obras fotográficas: derechos morales y derechos patrimoniales.

Los derechos morales son derechos personalísimos que no le pueden obligar a renunciar y tampoco a transmitir. Entre ellos, destacamos el derecho de paternidad, es decir, su derecho a exigir que le reconozcan como autor de su obra fotográfica, por ejemplo, en una publicación o en una página web. Si no le reconociesen como tal, estaría legitimado para exigir una indemnización por daños y perjuicios.

Otro derecho moral a señalar es el derecho a decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma, entendiendo por divulgación la primera vez que ésta se haga accesible al público. Consecuentemente, si le encargan unas fotografías que serán divulgadas en una publicación en concreto y posteriormente, sin su permiso, las divulgan en una distinta o las utilizan para un fin distinto del acordado, estará legitimado para exigir una indemnización por daños y perjuicios. Igualmente, si su obra es divulgada sin respetar sus instrucciones en cuanto a la constancia de su nombre, seudónimo, signo o anonimato.

Si se encuentra en alguna de las situaciones anteriores o tiene dudas al respecto, póngase en contacto con nosotros, en Whose Intellectual Property Agency le ofreceremos asesoramiento especializado acorde a sus circunstancias, tanto si desea intentar llegar a un acuerdo amistoso con el infractor como si pretende iniciar acciones legales contra él. Analizaremos su caso y le aconsejaremos sobre la estrategia a seguir. Somos expertos en ello.

Otros derechos morales son:

  • Exigir el respeto a la integridad de su obra fotográfica e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación.
  • Modificar su obra fotográfica respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural.
  • Retirar su obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización por daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación.
  • Acceder al ejemplar único o raro de su obra fotográfica, cuando se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda.

Como verá (escrito en cursiva), usted es además propietario de otros derechos de autor que puede transmitir, pudiendo darse el caso de que aun siendo usted el autor, otros sean titulares de todos o parte de los derechos de propiedad intelectual que la Ley le atribuyó en exclusiva.

Estos derechos son los denominados derechos de explotación y hacen referencia a la dimensión económica de su propiedad intelectual.

En virtud de ello, terceros no podrán reproducir, distribuir, comunicar públicamente, poner a disposición del público ni transformar sus obras fotográficas sin su consentimiento expreso. Ello implica la prohibición de hacer copias digitales o analógicas, distribuir las copias o los originales, transformarlas, exponerlas, colgarlas en Internet, utilizarlas en libros, revistas, periódicos o en cualquier otra publicación impresa o digital, salvo que lo haya autorizado expresamente o salvo que el acto de explotación esté amparado por la Ley.

Así pues, usted podrá negociar con aquellos interesados en su obra. Podrá venderla cediendo la totalidad o parte de sus derechos de autor o no, así como licenciar sus derechos durante un tiempo o hasta su paso a dominio público.

Con carácter previo a cualquier acuerdo que tenga por objeto sus derechos de explotación le recomendamos informarse y acudir a profesionales especializados en la materia pues puede pactar unas condiciones de las que puede arrepentirse en el futuro.

En tales casos, así como si su obra ha sido utilizada por terceros sin su consentimiento, es decir, de manera ilegal, le recomendamos ponerse en contacto con nosotros. En Whose Intellectual Property Agency recibirá asesoramiento especializado.

¿Cómo proteger mis fotografías?

Si desea subir sus fotografías a Internet seguramente se preguntará cómo proteger mis fotos. Aunque sea difícil impedir que terceros las utilicen sin su consentimiento una vez están en la red, existen medidas que conviene adoptar.

Debe tener presente que la Ley le atribuye derechos morales y patrimoniales sobre sus obras fotográficas y saber protegerlos y gestionarlos adecuadamente puede suponer la obtención de un rendimiento económico. Si es buen fotógrafo y quiere hacer de la fotografía su medio de vida, le recomendamos que cuente con asesoramiento en materia de propiedad intelectual desde el principio pues ello no le traerá más que ventajas. Muchos autores olvidan el patrimonio inmaterial que tienen en sus manos, dificultando por tanto la obtención de rendimientos económicos derivados del mismo.

Los derechos de explotación pueden ser hasta incluso objeto de hipoteca y los frutos o productos de los mismos embargables. Si necesita una valoración económica de sus derechos, cuente con nosotros, ponemos a su disposición el mejor servicio de asesoramiento en Valencia.

En Whose Intellectual Property Agency estudiaremos su perfil y posibilidades aconsejándole aquello que consideramos es lo mejor para optimizar y rentabilizar sus derechos de autor.

En cuanto a la protección de sus derechos, tenga presente que la vigente Ley de Propiedad Intelectual, tras su fallecimiento, le otorga a sus derechos de explotación una duración de 70 años contados a partir del 1 de enero del año siguiente a la declaración de fallecimiento, por lo que los mismos pueden ser un importante patrimonio para sus herederos.

Por su parte, algunos de sus derechos morales como el derecho de paternidad, se transmitirán asimismo “mortis causa” a la persona natural o jurídica a la que se lo haya confiado expresamente por disposición de última voluntad. En caso contrario, serán sus herederos quienes podrán ejercer tales derechos.

Si usted no es fotógrafo o siéndolo utiliza fotografías de terceros para sus proyectos, página web, blog o en su actividad profesional, sabrá que las fotografías están protegidas por la ley. Si no da los pasos pertinentes puede cometer una infracción que le puede acarrear graves problemas económicos en el futuro. No lo dude, contáctenos, recibirá el asesoramiento legal que necesita.